Trámites a realizar en el registro Civil Instructivo
1-¿En qué consiste, para qué y cuando realizarlo?
Consiste en utilizar el sistema de turnos como puerta de entrada para la solicitud vía Web de Matrimonios. Se disminuye los pasos del trámite, impactando en el proceso de digitalización.
2-¿Dónde y en qué horario se realiza?
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En la página del Registro Civil www.buenosaires.gob.ar/registrocivil el ciudadano puede acceder a la opción de Turnos.
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Oprimiendo la opción “Solicitud de Turnos” continua con la la “RESERVA DE SALA" para Matrimonio.
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Habiendo ingresado a la Solicitud de turnos, se le desplegará un combo con todos los trámites posibles.
3-¿Quién puede efectuarlo?
Puede efectuarlo quienes se encuentren en algunas de las dos situaciones que figuran a continuación:
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Solteros con 18 años cumplidos o más.
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Si cualquiera de los contrayentes es divorciado, viudo o menor de 18 años u otros casos particulares
Una vez indicado según la particularidad de cada cuidadano, pasa a la siguiente pantalla.
Si cualquiera de los contrayentes es divorciado, viudo o menor de 18 años u otros casos particulares debe volver al paso anterior y seleccionar el trámite Turno simple para iniciar Trámites de Matrimonio.
4-¿Qué se necesita para realizarlo?
Pasos para solicitar turnos